El acusado reconoció los hechos y fue declarado reincidente por una condena previa.
Un hombre deberá cumplir una condena de efectivo cumplimiento, luego de reconocer en el marco de un juicio abreviado las acusaciones en su contra por caso de abuso sexual doblemente agravado, además de la declaración de reincidencia y abonar las costas del proceso.
El caso se encontraba en etapa de audiencia preliminar y se encaminaba hacia un juicio por jurados, pero a requerimiento del Ministerio Público Fiscal y de la defensa del imputado, se planteó a la jueza penal Ivana María González una propuesta para darle a la causa el trámite de juicio abreviado.
El sujeto se encontraba detenido y calificación legal de la acusación en su contra era por el delito de abuso sexual doblemente agravado –por haber sido cometido con acceso carnal (modalidad) y por ser el autor padre de la víctima (vínculo).
El acusado reconoció la autoría de los hechos y se le impuso una pena de 11 de cumplimiento efectivo, además de las costas del juicio y la declaración de reincidencia, esto último en función de contar ya con una condena cumplida por hechos de similares características.
El juicio abreviado es un instituto previsto en el artículo 355 del Código Procesal Penal de Chubut y se trata de un procedimiento especial que permite simplificar el proceso judicial en delitos de acción pública. Este procedimiento implica la renuncia al juicio oral, público y contradictorio, a cambio de la aceptación de los hechos por parte del imputado y un acuerdo sobre la pena.
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